Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas Con Competencia En Materia De Delitos De Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se califica como flagrante la aprehensión del ciudadano JAVIER BENITO VELANDRIA SOTO JOSE, por encontrarse lleno los extremos exigidos en los artículos 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 234 del Código Orgánico Procesal Penal, ambos en concordancia con el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: se acuerda el Procedimiento Especial breve, conforme a los articulas 94 y siguientes en concordancia con el artículo 101 de de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo que una vez firme la presente decisión, se ordena .....