Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicas y Universales Herederas de la causante FLOR ISOLINA IBARRA RODRIGUEZ, quien era venezolana, títular de la Cédula de Identidad N° V- 4.236.397, a las ciudadanas YAMMINE MARÍA DEL VALLE SALOMÓN DE VARELA, venezolana, mayor de edad, títular de la Cédula de Identidad Nº V-13.649.329 y GABRIELA JOSEFINA SALOMÓN DE LOBO venezolana, mayor de edad, títular de la Cédula de Identidad Nº V-16.381.702, por ser legítimas hijas de la causante. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.
SEGUNDO: Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la par.....