Por las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, hecha por la ciudadana BERSIS KARINE FERREBUS ROYERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad V-13.677.292, domiciliada en la Parroquia Rómulo Gallegos de esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistido por la abogada LOHENDY GRISSEL PÁEZ RONDON, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.762.793, inscrita en .....