se dicto sentencia en la presente causa en los términos siguientes: En virtud de lo expuesto, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, CESA la presente incidencia de recusación propuesta por el abogado OSCAR SOSA ROJAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Audio Video Enterprise C.A., representada por su director, ciudadano Hernan Emilio Linares, con fundamento en el ordinal 4º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por haber dimitido el Juez recusado en sus funciones jurisdiccionales como Juez Provisorio del Tribunal a quo.