DISPOSITIVA.
En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara Sin Lugar la solicitud de entrega de vehículo presentada por el ciudadano: DANNY LEN SARTOR PINTO, titular de la cédula de identidad No. V-17.127.236, procediendo en nombre y representación del ciudadano: MENDOZA MENDOZA OCAMPO, titular de la cédula de identidad No. E-82.103.377, y debidamente asistido por la abogada CARMEN GÓMEZ COLINA, titular de la cédula de identidad No. V-10.133.595, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 65.497, de conformidad con lo previsto en los Artículos 2, 26, 30, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Articulo 10 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos, y los Artículos 23, 118, 311 y 312 P.....