Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY.
D E C L A R A:
PRIMERO: HOMOLOGA el "DESISTIMIENTO" del presente procedimiento contenido en el juicio N° 29.111, efectuado por la parte demandante ciudadana: MARIELYS MILAGROS COLMENARES BECERRA, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MARÍA AUXILIADORA ALBARRAN, identificadas en autos, en diligencia de fecha veintiocho (28) de Julio del año dos mil dieciséis (2016), que corre agregada al folio 28 del presente expediente, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: En consecuencia, se dará por terminado el juicio y se ordenará el archivo del presente expediente, una vez quede firme la presente decisión.....