Es por lo que este Tribunal acuerda la notificación de los ciudadanos JUAN RODRÍGUEZ RIZO, parte demandante y GLADYS ESPERANZA CONTRERAS MARTÍNEZ, parte demandada, para ponerlos en conocimiento que deberán comparecer por ante este Tribunal al TERCER (3º) DÍA HÁBIL de despacho siguiente que conste en autos la última de las notificaciones que de las partes se hagan a las DIEZ DE LA MAÑANA 10:00 a.m) con el objeto de celebrar AUDIENCIA ESPECIAL. A los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de conformidad con lo establecido en la Ley para la regularización y control de los arrendamientos de vivienda, donde se le informa de la provisión habitacional.
Igualmente una vez que conste en autos la última de las notificaciones sin que la parte demandada, haya comparecido a dicha Audiencia Especial, este Tribunal procederá a fijar día y hora para proceder al DESALOJO. Se ordena notificar mediante boleta a las partes intervinientes en el presente juicio, a la Superintencia.....