SEGUNDO: Como consecuencia de la presente homologación de la partición y liquidación, se declara Disuelta y Extinguida la Comunidad Conyugal de Bienes existentes entre los mencionados ciudadanos, y por consiguiente:
• Se le adjudica en plena y absoluta propiedad a la ciudadana ANA LUISA CARDENAS DAVILA, Un Terreno y Casa quinta ubicado en la aldea La Pedregosa, antes jurisdicción de la Parroquia Juan Rodríguez Juárez, hoy jurisdicción de la Parroquia Lasso de la Vega Municipio Libertador del Estado Mérida. Registrada por3 ante le Registro público del Municipio Libertador del Estado Mérida, de fecha 22-06-2009, inserto bajo el N° 40, del folio (281) al folio (285), protocoló Primero, Tomo Trigésimo quinto, segundo Trimestre del año 2009, de libros de Autenticaciones llevados por ese Registro. Y la ciudadana ANA LUISA CARDENAS DAVILA, se compromete a: (1) que el ciudadano OMAR RITO RUPERTO MALDONADO NADAL, viva de por vida en el inmueble anteriormente descrito (2) De igual manera la ci.....