DECISIÓN
Sobre la base de los razonamientos fácticos y jurídicos que se dejaron expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, suscrita en fecha 19 de febrero de 2015 por
el abogado en ejercicio JESUS ANTONIO MORION MORENO, titula de la cedula de identidad n°4.793.306, e inscrito en el inpreabogado bajo el número 73.755, apoderado judicial de la parte demandada, y el abogado LUIS MIGUEL COLMENARES PEREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 8.716.281, inscrito en el inpreabogado bajo el número 117.857,apoderado judicial de la parte actora, de conformidad con el Artículo 1.713 del Código Civil en concordancia con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO:.....