DISPOSITIVA
Este Tribunal Sexto de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:PRIMERO.- Se Declara CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA de los imputados JESÚS OSCAR PARRA PORRAS Y ALEXANDER RAMOS LAZCARRO, por estar llenos los extremos del Art. 248 del COPP, por cuanto a l os imputados, se le incauto en su poder un arma de fuego y arma blanca al momento de efectuarles la requisa personal, siendo las misma recuperadas.
SEGUNDO.- Se acuerda la APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO de conformidad con el Art. 373 del COPP. Y conforme a la Sentencia de fecha 07-03-03 del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, en ponencia del Magistrado Iván Rincón, la cual ordena la aplicación del Procedimiento Abreviado cuando se declare la situación de Flagrancia.
TERCERO.- Se califica los hechos ocurridos como DELITO DE ROBO A.....