DISPOSITIVA
 Este Tribunal Sexto de Control de Primera Instancia Penal del  Circuito Judicial del Estado Mérida,  ADMINISTRANDO  JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA  Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:PRIMERO.- Se Declara CON LUGAR LA  APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA de los imputados JESÚS OSCAR PARRA PORRAS Y ALEXANDER RAMOS LAZCARRO, por estar  llenos los  extremos del Art.  248 del COPP,  por cuanto a l os imputados, se le incauto en su poder  un arma de  fuego y arma blanca al momento de efectuarles la requisa personal, siendo las misma recuperadas.
SEGUNDO.- Se  acuerda la APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO de conformidad con el Art.  373  del COPP. Y conforme a la Sentencia de fecha 07-03-03 del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, en ponencia del Magistrado Iván Rincón, la cual ordena la aplicación del Procedimiento Abreviado cuando se declare la situación de Flagrancia. 
TERCERO.- Se califica los hechos ocurridos como  DELITO DE ROBO A.....