Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 31 de enero de 2002, por los ciudadanos VÍCTOR JULIO MOLINA HERNÁNDEZ, LUBÍN ENRIQUE PACHECO MONTOYA y LIBIA DEL VALLE GÓMEZ SOSA, en su carácter de parte co-querellada. En consecuencia, se CONFIRMÓ en todas y cada una de sus partes la decisión. Se DEJÓ en vigencia el decreto total de paralización de la obra proferido por el Tribunal de la causa. Se condenó en las costas del recuso a la parte querellada. Quedó en estos términos CONFIRMADA la sentencia apelada