EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente: INFORMACION OMITIDA
, venezolano, titular de la cédula de identidad número 17.523.833, nacido el 23-05-86 de 19 años de edad, hijo de ANA SOCORRO DÍAZ VELÁZQUEZ y MANUEL SALAZAR, residenciado actualmente en el barrio SIMÓN BOLÍVAR, calle principal casa número 2-36, de esta ciudad de Mérida, conforme al artículo 318 ordinales 1º y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 578 literal "a", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. -------------------------------------------------------------------------------------
Quedaron notificadas las partes de esta decisión tal como costa en el acta levantada en esta misma fecha, inserta al folios ochenta y dos (82) al ochenta y cinco (85), de la presente causa. ---------------------------------------------------------------------------------
Procéda.....