DECISION
Sobre las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en uso de las facultades que le concede el articulo 254 del Código de Procedimiento civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE DESALOJO INQUILINARIO, de conformidad con el literal g del articulo 34 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, incoada por la ciudadana DONATILA RINCON DE BARON, contra el ciudadano JILMER JOEL GARCIA, ya identificados; En consecuencia se condena al demandado de autos a desocupar inmediatamente el inmueble que ocupa en calidad de arrendatario, solvente de todos los servicios públicos Así se decide.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia en el copiador de sentencias llevado por est.....