declara: CON LUGAR LA ACCION DE IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO, intentada por el ciudadano: PABLO ALEXANDER NAVA MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.986..030, domiciliado en Mérida Estado Mérida, contra de los ciudadanos MONICA PEÑA PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.487.101, domiciliada en el Mérida Estado Mérida y el adolescente OMITIR NOMBRE, de doce (12) años de edad, por haberse comprobado que la filiación declarada no es la verdadera, en consecuencia, se excluye la paternidad del ciudadano PABLO ALEXANDER NAVA MONTILLA, con respecto al referido adolescente, por lo que se deja sin efecto el reconocimiento hecho por el referido ciudadano por ante la Prefectura Civil hoy Registro Civil de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, en la Partida de Nacimiento N° 255 de fecha 07/08/2000