En consecuencia, este Despacho, acuerda conforme a lo solicitado y HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y se abstiene del archivo del presente expediente hasta tanto se cumpla con la obligación contraída en la presente transacción. DEMANDANTE: FRANCISCO JAVIER RANGEL RAMÍREZ, asistido por la ciudadana Abogada en Ejercicio FRANCELINA RIVAS MEZA. DEMANDADOS: LUZ ALCIRA REINOZA MONTOYA, en su carácter de conductora del vehiculo; MARTHA ZAIDA REINOZA MONTOYA, en su carácter de propietaria del vehiculo, y a la Empresa Aseguradora "SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL", en la persona de ITALO RODRÍGUEZ, en su condición de representante legal.- MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES POR ACCIDENTE DE TRANSITO.- CÚMPLASE.--------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARÍA MAGDALENA UZCATEG.....