En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Homologa la transacción, incoada por ambas partes, mediante documento por ante la Notaria Publica Tercera de Mérida de fecha 24 de octubre de 2016, anotado bajo el N° 3 tomo 115, folios 12 hasta el 17 de los libros de autenticaciones, inserta a los folios 22vto, 23 y 24 del presente expediente. SEGUNDO: Se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con el artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Se da por terminado el presente juicio, se ordena suspender la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este tribunal en fecha 11/8/2016, dos (02) juegos de copias certificadas del presente expediente y el archivo del expediente una vez quede fir.....