ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara de oficio la PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS; sigue la ciudadana DIANA CAROLINA QUINTERO PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-20.407.125, en contra de la entidad de trabajo SERVICIOS REYCAMER, C.A, registrada bajo el N° 48, Tomo 8-A de fecha 19 de mayo de 2010, en la persona de la ciudadana Mercedes Atilia Tapia de Jaimes, titular de la cédula de identidad N° V.- 3.987.336.