Decisión
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide Primero: Declara sin lugar la aprehensión flagrante de los ciudadanos JESÚS ALFONSO AZUAJE VIVAS, ELIESER DE JESÚS VILLARRUEL DELGADO Y ROBERT ALEXI RIVAS LOBO, por no estar llenos los extremos exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal para que proceda decretar Aprehensión en situación de Flagrancia. Segundo: Se ordena la inmediata libertad de los aprehendidos. Tercero: Se ordena la aplicación del procedimiento Ordinario, en la presente causa, a tenor de lo previsto en el artículo 373 COPP; remítanse las presentes actuaciones .a la Fiscalía. Cuarto: Se ordena la entrega del vehículo a su propietario Quinta: Se ordena Oficiar a la Fiscalía Décima Tercera de derechos Fundamentales, a los fines de que se abra u.....