Primero: Se declara CON LUGAR la solicitud de nulidad presentada por el Abogado ARMANDO DE LA ROTTA, en cu condición de defensor privado de la ciudadana SILENE PALACIO DE RODRÍGUEZ; en consecuencia se ordena la reposición del proceso al estado en que el Ministerio Público efectúe el acto de imputación formal, conforme a las previsiones del artículo 49 Constitucional, y artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Se acuerda mantener la vigencia de la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, que fuera dictada por el Tribunal de Control Nro. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida.