Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: CON LUGAR LA SOLICITUD DEJAR SIN EFECTO, la Medida Cautelar que pesan sobre el Imputado y en consecuencia se decreta el Cese las Medidas Cautelares que pesan sobre el Imputado MIGUEL ÁNGEL CHACÓN SÁNCHEZ, venezolano, de veinte (20) años de edad, titular de la cédula de Identidad N° 17.323.671, fecha de nacimiento 12-01-1984, natural de Mérida Estado Mérida, residenciado en el sector Caño Mota de Onia casa sin numero, pasando el basurero el siguiente puente a mano izquierda, en la finca propiedad del señor Hugo Díaz, jurisdicción del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida. Notifíquese a las de la presente decisión. Remítase en su oportunidad legal las presentes actuaciones complementarias al Ministerio Público a los fines que sea agregada a la causa princ.....