DISPOSITIVA
Por las razones expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos FLORALBA OBANDO URBINA y NESTOR EDGAR ORTEGA TINEO, venezolanos, mayores de edad, Abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad números: V.-6.534.682 y V.-8.317.088, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos: 65.927 y 43.361, en su orden respectivos, civilmente hábiles, actuando en esta Acción de Amparo en nombre y representación propio, contra la decisión emitida por la Jueza de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, dictada en fecha trece de julio de dos mil nueve (13-07-2009), y en consecuencia SE CONFIRMA la mencionada decisión.
Cópiese, publíquese y notifíquese a las partes. Cúmpl.....