En aplicación de lo preceptuado en el apuntado dispositivo legal, debe concluirse que, en materia de amparo constitucional, este Juzgado Superior sólo es competente para conocer en primera instancia, de las pretensiones autónomas de amparo constitucional intentadas contra actos, omisiones, resoluciones y sentencias emanadas de los Juzgados de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial con competencia en materia civil, mercantil y del tránsito de esta entidad federal.
Así, habiendo incurrido -a juicio de la quejosa- en quebrantamiento del debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en ejercicio de su competencia material, concretamente en un proceso de resolución de contrato y resarcimiento de daño moral, resulta evidente que este Juzgado, dada su condición de tribunal superior en grado de aquél, de conformidad con el preci.....