DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SE DECLARA DE OFICIO, la nulidad absoluta del auto de apertura a juicio dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 05 de octubre del 2022 (folios 119 al 122), con fundamento en el artículo 174 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto dicho órgano jurisdiccional no estableció completamente en el auto de apertura a juicio, los hechos que se le atribuyen al acusado, conforme lo estableció el Ministerio Público en la acusación fiscal, lo que afecta el debido proceso en lo que respecta al derecho a la defensa (artículo 49 constitucional).
SEGUNDO: Se repone l.....