Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Amparo Constitucional presentado por el profesional del derecho SERGIO GUERRERO VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.675.578, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 71.631, actuando como apoderado de los presuntos agraviados, los ciudadanos CARLOS EDECIO SÁNCHEZ MORA, ELDO JOSÉ SOTO FERNÁNDEZ, JORGE YVAN RUIZ ROZO, OSCAR REINALDO REQUENA MÉNDEZ, RAMON OLINTO NAVA MÁRQUEZ y FILADELFO ANTONIO RADA MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.103.028; V-11.221.304; V-8.712.227; V-10.235.813; V-9.418.261 y V-16.039.824, en su orden, en contra del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ej.....