DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE, PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público, así como el cambio de calificación jurídica y la admisión de los hechos explanada por la acusada, conforme al artículo 376 del COPP, CONDENA a la acusada MARIUGENIA MÁRQUEZ, quien es titular de la Cédula de Identidad N° 15. 694.586, venezolana, mayor de edad, de 25 años de edad, natural de Tovar, Estado Mérida, nacida en fecha 13-10-76, soltera, estudiante, a cumplir la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por considerarla Autora responsable del DELITO DE POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre e Sustancias Estupefacientes .....