OCTAVO: Con fundamento a lo antes indicado, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la correspondiente APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en la causa que se le sigue al ciudadano CARLOS JOSÉ RUIZ RUIZ, por el delito de: OCULTAMIENTO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, encabezamiento de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el artículo 46, numeral 5° eiusdem, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, en calidad de presunto autor material y voluntario.
NOVENO: Se emplaza a las partes a concurrir en el plazo común de cinco (05) días de despacho por ante el Juez de Juicio competente.
DÉCIMO: Se ordena a la secretaria, la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal.....