Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA OERTA REAL DE PAGO, interpuesta por la Sociedad Mercantil INVERSIONES BEVERLY HILLS, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 17 de enero del 2018, bajo el Nº 56, tomo A-24, con registro de Información Fiscal J-31624795-3, a través de su apoderada judicial la abogada ERIKA ALEJANDRA VASQUEZ BOSETTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.129.324, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 119.830, en fecha 17 de enero de 2018, oferta que se realizo a favor del ciudadano JOSE LUÍS GARCÍA MONTES, titular de la cédula de identidad No. V.-14.806.410, en fecha 17 de enero de 2018, y.....