PRIMERO: Absuelve al ciudadano:
RICHARD ANTONIO LUZARDO RONDON, nacido en la ciudad de Mérida, en fecha 29 de abril del año 1971, edad 33 años, soltero, titular de la cédula de identidad N° 10.710.603, de ocupación Artesano, domiciliado en Santa Elena, Calle 9, N° 12-30, Mérida; inocente de los delitos de ROBO AGRAVADO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y LESIONES PERSONALES LEVES previsto y sancionado en los artículos 460, 219 y 418 del Código Penal, atribuidos por la Fiscalia Segunda de Proceso del Ministerio Público.
SEGUNDO: Condena al ciudadano:
RICHARD ANTONIO LUZARDO RONDON, antes identificado; a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley previstas en el artículo 13 del Código Penal Vigente. Por el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, atribuidos por la Fiscalia Tercera de Proceso del Ministerio Público.
TERCERO Condena al acusado de autos a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 13 de.....