Por cuanto el Tribunal observa que se dio cumplimiento a la transacción judicial celebrada en fecha 18 de octubre de 2010, que riela inserta a los folios del 69 al 71 del presente expediente, y homologada por este Tribunal en fecha 20 de octubre de 2010 (folios 72 y 73), en virtud de que la ciudadana MARY CARMEN SANCHEZ FARIAS, hizo entrega de la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,oo), mediante un cheque signado con el Nº 07839578 67EQ del Banco Sofitasa, contra la cuenta corriente Nº 0137-0021-47-0001327841 DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000,oo), al ciudadano ASDRUBAL JOSE TELLEZ GARCES y éste a su vez entregó el inmueble a la ciudadana MILAGROS DEL VALLE RAMIREZ, asumimos entregaron los documentos respectivos de partición tanto del inmueble como de los vehículos, este Tribunal declara cancelada la obligación, en tal sentido por cuanto no hay más actuaciones pendientes que realizar, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. - .....