la parte codemandada, ciudadanos Nelson Carvajal Hernández y Claudio Antonio Bárcenas Vielma, promoventes de la prueba de experticia sobre el expediente Nro. 31.402, contentivo de la constitución de la sociedad mercantil Mucubají Tours C.A., pretenden evacuar tres (3) particulares con personal o auxiliar de justicia, el cual, este mismo juzgador puede realizar su verificación y su propio análisis de los particulares promovidos por los codemandado, al momento de valorar la prueba una vez vaya a dictarse sentencia, ya que es conocedor del derecho, y por su propia experiencia, por lo que será declarada con lugar la oposición, e inadmitida la prueba de experticia promovida por los codemandados por impertinente, por desnaturalizarse su evacuación, por cuanto no son hechos que escapan del conocimiento general de este operador de justicia