este Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el Articulo 599, ordinal 7, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, DECLARA SECUESTRADO un inmueble consistente en