"...este Juzgado de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho Desistimiento, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el juicio y ordena el archivo del presente Expediente..."