este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por mandato de la Constitución y por autoridad de la Ley, en cumplimiento con lo establecido en el artículos 1364 del Código Civil, en concordancia con el artículo 444 del Código de procedimiento Civil, Declara legalmente Reconocidos los Documentos Privados de fechas 08/06/2013, El Segundo de fecha 29/06/2013 y el Tercero de fecha 08/07/2013 en lo que respeta a su contenido y firma, quedando salvo los derechos de terceros. ASI SE ESTABLECE.-