Por el razonamiento anteriormente expuesto este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ÚNICO: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el Defensor Privado, y como tal del SABRINA COROMOTO MONTES QUINTERO, en la causa N° LP01-P-2009-005409, quien peticiona a este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal EL CONTROL JUDICIAL CONSTITUCIONAL, y en consecuencia se ordena sean practicadas las diligencias solicitadas por la defensa privada en fecha 22/04/2024, por considerarlas útiles pertinentes y necesarias, a los fines de esclarecer los hechos en la presente causa, por lo cual el Ministerio Público deberá hacer lo necesario a los fines de materializar las diligencias pet.....