en concordancia con el artículo 65 ejusdem, ACUERDA LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO QUE FUERA SOLICITADA POR EL PENADO JOSÉ ALCIDES RANGEL ROJAS, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.713.171, por reunir todos los requisitos exigidos por la Ley para su otorgamiento, la cual deberá cumplir en el Centro de Pernocta José Maria Olaso, de esta ciudad de Mérida, hasta que le corresponda y se le acuerde alguna otra fórmula alternativa de cumplimiento de pena o el beneficio de Confinamiento al cumplir las tres cuartas (3/4) partes de la pena, siendo que el penado terminará de cumplir la condena de presidio impuesta el día trece de Julio del año dos mil diecisiete (13-7-2.017) a las 12:00 de la medianoche.
En consecuencia, el Tribunal procede a imponerle las siguientes condiciones:
1) Cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impusiere éste Tribunal y el Delegado de Prueba q.....