En consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano EDIXON JAVIER CACIQUE SOLANO, venezolano, mayor de edad, de 22 años, titular de la cédula de identidad No. V-16.678.259, lugar de nacimiento El Vigía, fecha de nacimiento 16-11-1982, residenciado en el Barrio San Isidro, Avenida 19 con calle 12 casa S/N, hijo de la ciudadana Marlene Solano (v) y del ciudadano Cacique, por la presunta comisión del delito que la Representación Fiscal primeramente precalificó como POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de que el hecho no es típico, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 318 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
En cuanto a la solicitud de la aplicación de una medida de seguridad, este Tribunal NIEGA la imposición de la misma, por considerar que el procedimiento para su procedencia es el .....