este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DECLARACIÓN DE PERPETUA MEMORIA, presentada por el ciudadano LUIS ALFREDO MORENO ORELLANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.156.502, domiciliado en La Vega, calle principal, numero 1-97, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistido por la abogada FRANCY CAROLINA OVALES UZCÁTEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 18.797.035, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 302.047, de este domicilio y jurídicamente hábil. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE, ciuda.....