DECISION
En consecuencia, vistas las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por mandato de la Constitución y por autoridad de la Ley y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: como Únicos y Universales Herederos de la causante PETRA ALBARADO MENDEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.025.265, falleció ad-intestato en fecha 23 de febrero del año 2021 según se evidencia de acta de defunción emitida por el Registrador Civil, Parroquia Santa Elena de Arenales, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Bolivariano de Mérida, signada con el Nro. 013, folio 013, a los ciudadanos CELINA SOSA ALVARADO, venezo.....