ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa a favor de PEREZ MOLINA PANFILIO RAMON, titular de la cédula de identidad N° 6.149.995, residenciado en la Aldea Onia, sector Santa Isabel, carretera Nacional, frente a Agroconcreto, Estado Mérida en perjuicio de la ciudadana SIBAJA BRAVO EDILMA ROSA, indocumentada, residenciada en la avenida 10, entre calles 1 y 3, frente al Hotel Chicago, El Vigía, Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en los artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 3l8, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal; 108 ordinal 2º y 110 del Código Penal Venezolano. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Una vez que se encuentre firme la presente d.....