Por Decisión N° 227/08 de esta misma fecha, se DECLARA SIN LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, a favor del imputado GELVES HERLIS YOHEL, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.716.548; a quien se le imputa la presunta comisión de los delitos de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 en concordancia con el artículo 15 numerales 3 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana YOLISBETHS COROMOTO GONZÁLEZ. Se ACUERDA la LIBERTAD PLENA sin restricción, del imputado de autos. A solicitud de la Representación Fiscal, se acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ESPECIAL ESTABLECIDO EN LA SECCIÓN SEXTA, CAPÍTULO IX DE LA ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-