DECISIÓN NRO. 00215/09 procedente la aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal tercero del Código Orgánico Procesal Penal, que consisten en: Presentaciones cada ocho días en la sede del Tribunal y la advertencia que si no cumple las obligaciones impuestas se le revoca la medida Cautelar menos Gravosa, y se niega la solicitud de Medida de Privación de libertad por no cumplir con los parámetros del artículo 44 de la Constitución y artículo 250 y 251 del COPP; se acuerda Medidas de protección previstas en el artículo 87 numerales 3, 5 y 6 de la Ley de Genero a (...)