PARTE DISPOSITIVA.
Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:*******************
PRIMERO: Vista la admisión de los hechos hecha por el acusado ARGENIS JOSÉ DURAN VALERO, venezolano, de 20 años, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.796.391, nacido el 21-07-1989, soltero, estudiante, hijo de Sonia Valero y Argenis Durán Pernalete, residenciado en el Rincón parte alta Sector la Capilla, casa Nº 88 Mérida estado Mérida. Teléfono: 0426-4379599, quien a viva voz manifestó con pleno conocimiento de sus derechos, de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal que se acogía al procedimiento por admisión de los hechos, pasa a dictar la sentencia condenatoria y en consecuencia observa que el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación establece una pena de SEIS (06) A D.....