En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA CON SEDE EL VIGIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO CON LUGAR la solicitud formulada de conformidad con la Sentencia N° 1070, con carácter vinculante, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos JESUS PRADO PRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-23.238.889, domiciliado en EL sector bicentenario, calle 02, casa N° 1-84, Parroquia Presidente Páez del Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, número telefónico +58 0414-7490307 y DELIA ELOISA PEÑA SALAS, venezo.....