ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR DEL CIUDADANO WUILLIAN WUEILOBI AGUIAR HERNÁNDEZ, venezolano, natural de La Azulita Estado Mérida, de veinticuatro (24) años de edad, fecha de nacimiento 09-06-1985, portador de la cedula de identidad Nº V-19.713.836, profesión u oficio agricultor, hijo de Xiomara Hernández (v) y de Ramón Aguilar (v), con sexto grado de educación primaria, domiciliado en Tucani, la calle principal, mas arriba de la capilla, casa S/Nº de color rosado, sector Zona Nueva La Chinca, Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal por el delito AMENAZA previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mu.....