esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: HOMOLOGA EL RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO de la niña OMITIR NOMBRE, de cuatro (4) años de edad, por parte de su padre el ciudadano JORGE ELÍAS MORALES BRICEÑO, habiendo sido levantada la partida de nacimiento Nro. 1717, Tomo 80, de 1717 folios Año 2008, suscrita por la Registradora Civil del INSTITUTO AUTONOMO DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LOS ANDES, (IAHULA), Mérida Estado Mérida mediante la cual el ciudadano JORGE ELÍAS MORALES BRICEÑO, reconoce a la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, como su hija, en consecuencia reconózcasele efectos de sentencia firme ejecutoriada y con autoridad de cosa juzgada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al ciudadano niño. ASI SE DECIDE.