Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Luis Alberto Pérez Medina actuando con el carácter de apoderado judicial de la Industria Láctea Venezolana, C.A., (I.N.D.U.L.A.C.), contra Acta de fecha 30 de Noviembre de 2015, suscrita por el abogado Yoberty Jesús Díaz Vivas, en su carácter de Inspector del Trabajo Jefe del Estado Bolivariano de Mérida, contenida en el expediente Nº. 026-2015-01-00116.
SEGUNDO: Se ordena la notificación del Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de la presente decisión
TERCERO: Se ordena la notificación del Inspector del Trabajo Jefe en el Estado Bolivariano de Mérida de la presente decisión.