DECISIÓN:
Por las consideraciones que es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes ordena:
UNICO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado de admitir nuevamente la demanda de divorcio.De conformidad con los artículos 206 y 310 del Código de Procedimiento Civil; y de conformidad con las jurisprudencias citadas,una vez culminado el lapso de interponer los recursos correspondientes. Y ASÍ SE DECIDE.-
DADA, FIRMADA SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO, MARITIMO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. En Mérida, a los dos (02) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve (02/08/2019).
LA JUEZ TEMPORAL;
ABG. CLAUDIA ROSSANA ARIAS ANGULO.---
LA SECRETARIA TEM.....