En vista de la decisión expresada por la ciudadana Fiscal, se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público a los fines de que el proceso siga los tramites del procedimiento ordinario, establecido en el artículo 551 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. --------------------------------------------------------------------------------------------------
Se acuerda la libertad inmediata del adolescente INFORMACIÓN OMITIDA, pues no existen elementos probatorios que acrediten la participación de éste en los hechos punibles que se investigan. Líbrese boleta de libertad y remítanse las actuaciones con oficio dirigido a la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público. CÚMPLASE.----------