VII
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: CONDENA conforme lo establece el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano JOSÉ GREGORIO PAREDES ROJAS por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, contemplados en el artículo 259 ENCABEZAMIENTO de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente con las circunstancias Agravantes, establecidas en los numerales 9 y 17 del artículo 77 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la ciudadana N.Y.P.P (NIÑA CON IDENTIDAD OMITIDA a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISIÓN. SEGUNDO: Impone al ciudadano JOSÉ GREGORIO PAREDES ROJAS, la pena accesoria de inhabilitación política durante el tiempo de la condena, .....