PRIMERO: SE ADMITE la acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano LIONEL ARMANDO BETANCOURT MACHÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.808.509, actuando en su propio nombre, domiciliado en esta ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LEIX TERESA LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.297.575, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 10.882, domiciliada en esta ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, en contra del ciudadano HEBERTH LINCOLN FLORES RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.780.966, domiciliado en esta ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 5, 6 y 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los artículos 115 y 25.....